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Comercio de electricidad era rentable?

Comercio de electricidad era rentable? En el Tribunal de Apelaci\’on Quinta pronto ser\’a revisado por una decisi\’on de la Corte de Arbitraje de Primorie de recuperar con «RES-1» a favor de «DEK» 5936471578(59 millones), es el costo de las p\’erdidas de energ\’ia en las redes el\’ectricas, el acusado en noviembre, diciembre de 2010 enero-marzo, octubre-diciembre 2011 enero, febrero 2012. El conflicto en lo siguiente: la transmisi\’on de electricidad a los consumidores, hay p\’erdidas reguladoras y comerciales. P\’erdidas normativas causadas por procesos f\’isicos en las mismas redes de comercio — por lo general de contabilidad inadecuada y robo de electricidad. OAO «Compa~n\’ia Far Eastern Energy»(con el vendedor de la electricidad), que forma parte del holding «Sistemas de Energ\’ia RAO de Oriente y LLC» RES-1 «( el comprador)16 de noviembre 2012 celebr\’o un contrato de compra y venta de energ\’ia el\’ectrica para compensar las p\’erdidas reales. Como parte de este acuerdo se acordaron las partes condiciones determinan el monto de la p\’erdida a los efectos de la regulaci\’on de la energ\’ia productiva. Sin embargo, durante el contrato, LLC «REF 1», no se presenta la informaci\’on «Deku» acerca de la cantidad de electricidad que se adquiri\’o en abril, octubre, noviembre y diciembre de 2011. Como resultado, «Empresa de Energ\’ia del Lejano Oriente» ha hecho su propio c\’alculo de esta electricidad, prevista en estos casos las disposiciones b\’asicas de funcionamiento de los mercados minoristas de electricidad, y para facturar al cliente. Facturas pendientes de pago por valor de 7459250603(745 millones de rublos)sirvi\’o como pretexto para ir a la corte con dos afirmaciones. El importe total de las reclamaciones es tambi\’en el per\’iodo de noviembre-diciembre de 2010 enero-marzo de 2011 enero-febrero de 2012 cuando la Sociedad «RES-1» proporciona informaci\’on sobre la cantidad de p\’erdidas, pero m\’as peque~na que la idea de «DEK». El Tribunal de Arbitraje de decisiones Primorie, de 20 de marzo de 2012 y 10 de abril 2012 concedi\’o la reclamaci\’on del demandante en su totalidad. Sin embargo, la historia ha continuado, y uno de los acreedores de la LLC «RES-1» se ha apelado estas decisiones ante el Tribunal de Apelaci\’on y el quinto, se~nalando el hecho de que el c\’alculo de la demanda de los meses en disputa no ha sido documentada. Habiendo examinado el prestamista queja, el Tribunal de Apelaci\’on no encontr\’o motivos para la revocaci\’on de las sentencias del Tribunal de Primera Instancia y los dej\’o en la normativa lugar el 12 de noviembre de 2012. La historia tuvo una secuela de la FAS, febrero De forma paralela, en el Tribunal de Arbitraje de Primorie es en el caso de la producci\’on de la Compa~n\’ia de insolvencia «RES-1.» Por decisi\’on del mismo 12 de noviembre 2012 la sociedad fue declarada en quiebra y se abri\’o un procedimiento de quiebra por un per\’iodo de seis meses.

Eugene Zhitnikova, RIA «VladNews»

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