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El 4 de julio se introducen nuevas formas de los documentos para el registro de las personas jur\’idicas y empresarios

El 4 de julio se introducen nuevas formas de los documentos para el registro de las personas jur'idicas y empresarios Las actualizaciones han tocado la mayor\’ia de los documentos. En particular, han cambiado las formas de las declaraciones sobre el registro estatal de la persona jur\’idica de su creaci\’on, reorganizaci\’on y liquidaci\’on, en caso de inscripci\’on de los cambios realizados en los documentos constitutivos de la persona jur\’idica; al hacer el registro de las personas f\’isicas en calidad de IP; al hacer el registro de КФХ y otros. Adem\’as, tambi\’en se aprobaron los nuevos Requisitos de estos documentos, que tambi\’en ser\’an v\’alidas a partir de julio. Nuevos formularios de solicitud para todas las personas interesadas colocado en tecnolog\’ias de la informaci\’on-sistemas jur\’idicos y en el sitio web de la Administraci\’on Federal de servicios tributarios de la Costera en el borde de la secci\’on «el registro Estatal de contribuyentes» http://reg.nalog.ru/. Se~nalamos algunos cambios. Ahora, si se crea una persona jur\’idica en la que participan varios de los fundadores, que ser\’an tambi\’en los solicitantes durante el registro. Su firma en la solicitud deben ser legalizados por el notario. Adem\’as, en este caso, los documentos que confirman el hecho de la inscripci\’on en el registro \’Unico estatal de personas jur\’idicas, o la decisi\’on de denegar el registro estatal se conceder\’a el primer fundador de la indicada en la solicitud. En caso de liquidaci\’on de la persona jur\’idica, deber\’a presentar una sola solicitud (una forma) en lugar de los tres necesarios anteriormente. La declaraci\’on en el registro estatal de los cambios en los documentos constituyentes simult\’anea de redistribuci\’on de la proporci\’on de los fundadores de ahora, tambi\’en podr\’a solicitar de la misma forma, en lugar de dos anteriormente vigente. Para el proceso de inicio de la reorganizaci\’on de la persona jur\’idica no tener que introducir los detalles sobre el nuevo como resultado de la reorganizaci\’on de la persona jur\’idica. Los datos se proporcionan s\’olo cuando finaliza el procedimiento. Gracias a las innovaciones a los contribuyentes la oportunidad de adoptar una decisi\’on sobre la anulaci\’on de la decisi\’on tomada anteriormente sobre la reorganizaci\’on de la persona jur\’idica. Es importante se~nalar que las nuevas formas se deben presentar ante la autoridad fiscal, a partir del 4 de julio de 2013. Por destinadas a las declaraciones hasta el 3 de julio, ambos inclusive, las decisiones ser\’an tomadas por la anteriormente vigente orden.

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